Junta de Andalucía desestima recurso interpuesto por Federación de Monasterios de Carmelitas Descalzas contra la inscripción del Convento de Santa Teresa en el Catálogo General del Patrimonio Histórico Andaluz

En la sesión del Consejo de Gobierno de la Junta de Andalucía celebrada el pasado 4 de abril, se ha desestimado el recurso interpuesto por la Federación de Monasterios de Carmelitas Descalzas de Andalucía ‘Virgen del Carmen’ contra la inscripción en el Catálogo General del Patrimonio Histórico Andaluz como Bien de Interés Cultural (BIC) con tipología de Monumento al Convento de Santa Teresa, ubicado en el término municipal de Sanlúcar de Barrameda (Cádiz).

Con este acuerdo, la vía administrativa ha llegado a su fin, aunque se puede interponer otro recurso contencioso-administrativo ante la Sala competente del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía en el plazo de dos meses.

La Junta de Andalucía anunció en diciembre de 2019 la inscripción como BIC de este «edificio emblemático» de la localidad sanluqueña que se erigió entre 1669 y 1675 «debido al interés del vecindario y a las donaciones de dinero y joyas consignadas para tal fin en el testamento de la Duquesa de Medina Sidonia». La protección, además del inmueble, abarca a un total de 159 bienes muebles vinculados al convento y que destacan tanto por su valor histórico como artístico, documental y bibliográfico.

La Federación de Monasterios de Carmelitas Descalzas de Andalucía ‘Virgen del Carmen’ había presentado un recurso alegando la caducidad del procedimiento al no haberse notificado «debidamente» este decreto a la Federación y la falta de fundamentación, ya que este documento «entra a saco sin detallar el valor individualizado de las piezas» que se hallan en este inmueble y «la vinculación genérica de los bienes se apoya en argumentos exclusivamente históricos».

También apuntaba a «la indefensión producida al vulnerarse el derecho de defensa», ya que la notificación no se había realizado correctamente. A ese respecto, explicaba que el trámite de audiencia en el expediente «fue dirigida al convento pero entregada mediante la oficina de correos a un vecino de forma irregular, sin que llegase nunca a su destino, impidiendo, poder formular alegaciones en debido tiempo».

La Junta de Andalucía ha rechazado las alegaciones presentadas por la Federación de Carmelitas, considerando que la vinculación de los bienes muebles se ha realizado no solo teniendo en cuenta su contexto histórico, sino también el contexto artístico, el estado de conservación y la consulta a fuentes bibliográficas y archivísticas. Además, en cuanto a la notificación, la Junta ha señalado que la Federación de Carmelitas ha tenido acceso al expediente completo y se ha personado en las oficinas de la Delegación Territorial de la Consejería de Cultura y Patrimonio Histórico en Cádiz para consultar el expediente y obtener una copia en papel del mismo, tal como consta en acta en el expediente.